Comprender el sistema tributario sobre bienes raíces de Panamá es esencial para cualquier comprador o inversionista. Panamá opera con una Tarifa Progresiva Combinada (TPC) donde las tasas dependen del valor catastral registrado de la propiedad y de cómo se clasifica — residencia principal, inversión o uso comercial.
La Ley 66 del 17 de octubre de 2017 reformó significativamente el marco tributario de bienes raíces en Panamá, reduciendo las tasas generales e introduciendo nuevos umbrales de exención para residencias principales y propiedades del Patrimonio Familiar Tributario (PFT). Estos cambios entraron en plena vigencia el 1 de enero de 2019.
Esta guía cubre todo lo que necesita saber sobre los impuestos de bienes raíces en Panamá en 2026 — incluyendo tasas actuales, exenciones, beneficios para nueva construcción, cómo registrar la residencia principal y ventajas fiscales para jubilados.
Marco tributario actualizado vigente desde 2019
Exención de residencia principal sobre los primeros $120,000 de valor
Rango de tasa impositiva progresiva para residencia principal
La Ley 66, promulgada el 17 de octubre de 2017 y vigente desde el 1 de enero de 2019, establece el actual sistema de Tarifa Progresiva Combinada (TPC) de Panamá. Esta ley redujo las tasas significativamente en comparación con la anterior Ley 49 de 2009 e introdujo dos importantes clasificaciones que determinan qué tabla de tasas aplica a una propiedad.
El Artículo 476 del Código de Familia de Panamá define el Patrimonio Familiar Tributario como el bien inmueble destinado al uso habitacional familiar permanente por su propietario. Esta clasificación aplica a propiedades que constituyen el hogar permanente de una familia.
El Código de Familia define la Vivienda Principal como el bien inmueble destinado al uso habitacional residencial permanente por su propietario — ya sea persona natural o jurídica — que no constituya un Patrimonio Familiar Tributario. Tanto personas solas como familias califican.
Tasas vigentes a partir del 1 de enero de 2019 conforme a la Ley 66 de 2017.
Propiedades registradas como Residencia Principal o Patrimonio Familiar Tributario.
| Valor de la Propiedad | Tasa | Impuesto Anual |
|---|---|---|
| Hasta US$120,000 | 0% — Exento | US$0 |
| US$120,001 – US$700,000 | 0,5% | Hasta US$2,900/año |
| US$700,001 o más | 0,7% | Calculado sobre el excedente |
| Primeros US$120,000 | Exento — US$0 |
| US$380,000 restantes | 0,5% = US$1,900/año |
| Total Impuesto Anual | US$1,900 |
Propiedades comerciales, industriales, de inversión, residencias secundarias y terrenos baldíos.
| Valor de la Propiedad | Tasa | Impuesto Anual |
|---|---|---|
| Hasta US$30,000 | 0% — Exento | US$0 |
| US$30,001 – US$250,000 | 0,6% | Hasta US$1,320/año |
| US$250,001 – US$500,000 | 0,8% | Hasta US$2,000/año |
| US$500,001 o más | 1,0% | Calculado sobre el excedente |
| Primeros US$30,000 | Exento — US$0 |
| US$220,000 (siguiente tramo) | 0,6% = US$1,320/año |
| US$250,000 (siguiente tramo) | 0,8% = US$2,000/año |
| Total Impuesto Anual | US$3,320 |
Las nuevas construcciones residenciales pueden calificar para exenciones de impuesto inmueble por tiempo limitado sobre el valor de las mejoras (no del terreno).
Las construcciones residenciales con permisos emitidos entre 2012 y el 31 de diciembre de 2018 califican para las siguientes exenciones sobre el valor registrado de las mejoras de construcción únicamente (el valor del terreno queda excluido):
| Valor de Construcción | Período de Exención |
|---|---|
| Hasta US$120,000 | 20 Años |
| US$120,001 – US$300,000 | 10 Años |
| US$300,001 en adelante | 5 Años |
Una exención de 10 años aplica al valor de las mejoras de todos los demás tipos de propiedad (comercial, industrial, etc.) sin importar el valor.
El Artículo 4 de la Ley 66 introdujo una exención actualizada para la primera compra de residencia principal:
Para beneficiarse de las tasas de Residencia Principal o PFT, los propietarios deben completar un proceso formal de solicitud en la Dirección General de Ingresos (DGI).
Se debe completar un formulario especial en una oficina de la DGI. El formulario solicita detalles sobre la propiedad y su propietario, confirmando el uso previsto como residencia principal permanente.
Los documentos de respaldo requeridos generalmente incluyen: copia del documento de identidad o pasaporte del propietario, copia certificada del título de propiedad del Registro Público y declaración notarial jurada confirmando que la propiedad es la residencia principal del propietario.
La DGI tiene un término de 3 meses desde la fecha de presentación para aprobar o rechazar la solicitud. En la práctica, las aprobaciones suelen recibirse antes.
Si la DGI determina posteriormente que el formulario o los documentos de respaldo fueron fraudulentos o inexactos, el estatus de exención o tasa reducida puede ser revocado de manera retroactiva.
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La ley de impuesto inmueble de Panamá incluye disposiciones especiales para jubilados y pensionados que les permiten calificar su propiedad para el estatus de Residencia Principal o PFT independientemente de otras condiciones de titularidad.
Cualquier persona que cumpla una de las siguientes condiciones puede registrar su propiedad como PFT o Residencia Principal:
Una vez registrada, la propiedad se grava bajo la tabla de Residencia Principal:
Los impuestos de bienes raíces en Panamá se pagan tres veces al año. Conocer el proceso de pago le ayuda a evitar multas y mantener al día su situación ante la DGI.
Los impuestos vencen tres veces al año, a finales de:
Para pagar, necesita el RUC (Registro Único de Contribuyente) de su propiedad. A cada propiedad titulada en Panamá se le asigna un RUC, que permite acreditar los pagos al registro correcto.
Los pagos deben realizarse en efectivo o mediante cheque certificado a nombre de TESORO NACIONAL, incluyendo el RUC de la propiedad. Puede pagar en los siguientes bancos:
Generalmente se cobra un servicio de aproximadamente US$2–3 para que el pago se acredite de forma inmediata. Se requiere un formulario de pago, disponible en algunas sucursales de Caja de Ahorros y Banco Nacional.
El NIT (Número de Identificación Tributaria) es una clave de acceso gratuita al portal tributario de la DGI. Una vez obtenido, puede consultar sus estados de cuenta de impuestos inmobiliarios e imprimir paz y salvos desde su hogar. Para solicitarlo, visite el sitio web de la DGI. La aprobación generalmente tarda unos días o hasta una semana. Necesitará:
El sistema de impuesto inmueble de Panamá es generalmente favorable en comparación con muchos otros países, particularmente para residencias principales. La estructura de tasas progresivas, combinada con la exención de US$120,000 para residencia principal y los beneficios de nueva construcción, significa que muchas propiedades — especialmente en el rango medio — tienen una carga tributaria anual menor de lo que los compradores suelen esperar.
Como con cualquier asunto fiscal, los detalles dependen de su propiedad específica, su uso y el estatus de registro actual. Recomendamos consultar con un abogado de bienes raíces panameño o profesional tributario para asegurarse de que su propiedad esté correctamente registrada y se beneficie de todas las exenciones disponibles.
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