La legislación de Panamá de bienes raíces distingue entre dos tipos de propiedad:
Es aquella cuya titularidad, superficie, valor, los límites y los detalles son registrados en el Registro Público de Panamá. La sección de la Propiedad del Registro Público contiene un sistema de registro de toda la propiedad con título en la República.
Público o bienes de propiedad estatal incluye todas las tierras y territorios de propiedad de la República de Panamá. Estas tierras se puede utilizar de varias maneras:Concesiones
Concesiones son contratos de arrendamiento con plazos preestablecidos y las cantidades de arrendamiento, entre el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través de la Oficina Catastral y personas naturales o jurídicas.Compra directa de bienes de isla
Islas , cuya propiedad hasta ahora, de acuerdo con la Constitución panameña, se limitó a los nacionales, siempre han sido un área de interés para las inversiones relacionadas con el turismo.
No. Ley 2 de 2006 establece los siguientes incentivos a las personas extranjeras, nacionales y / o empresas interesadas en la compra de territorio insular para el desarrollo de un proyecto turístico:
El contrato para la compra de un territorio insular debe contener lo siguiente:
Todos los proyectos dentro de estas regiones insulares deben cumplir con el plan maestro de ordenamiento territorial, que será preparado por las autoridades gubernamentales. Hasta que este plan maestro y zonificación territorial es aprobado, cada proyecto podrá presentar su propio plan de zonificación que será procesada y aprobada a través de la Ventanilla Unica.
El mismo Ventanilla Unica dentro de la oficina de Catastro del MEF será la encargada de recibir las solicitudes, así como el procesamiento de todos los permisos y autorizaciones necesarios para la compra directa de territorios insulares.
Restricciones:
Debido a la naturaleza de las islas, y para el propósito de la protección soberana, las siguientes restricciones se han colocado para estas áreas especiales de turismo:
La venta de estas áreas especiales de turismo no podrá superar el 50% del total del territorio de la isla en la que se encuentra, además, la propiedad no puede transferirse a otro Estado. Los proyectos turísticos conforme a la Ley 2 no puede exceder el 30% del total del territorio de una isla.
En fin de conservar la naturaleza, las siguientes restricciones se han establecido para ciertas áreas:
Como nota final sobre las limitaciones, la concesión y la venta de la propiedad frente a la playa sólo se puede conceder hasta 22 metros desde la línea de marea alta. El área de 10 metros de la línea de marea alta se considera frente a la playa y no se puede otorgar concesiones bajo ninguna circunstancia. El área de 12 metros de la playa se puede conceder concesión como una servidumbre costera.
Situaciones Especiales
Ley 2 de 2006 también incluye un procedimiento especial para las personas que viven en un área, que han mantenido la posesión permanente e ininterrumpida de la propiedad nacional de la isla por lo menos 2 años antes de la promulgación de la Ley 2 de 2006, y se puede demostrar que han utilizado dichos bienes para su propio hogar o con fines agrícolas.
estas personas se les otorgó una concesión de 90 años sin tener que participar en un proceso de licitación pública, no tener que cumplir con el requisito de fianza, y sin estar exenta del pago del arrendamiento de concesión.
también previsto por la ley 2 de 2006 es la obligación de los concesionarios e inversores para contratar personal no calificados locales de la zona durante la construcción del proyecto en cuestión.
Home segundo y Vivienda de vacaciones
En un esfuerzo por promover las inversiones residenciales turísticos en Panamá, la Ley 2 de 2006 también ofrece incentivos para "vacaciones o unidades residenciales permanentes". El propósito de este incentivo es promover el desarrollo de casas de vacaciones y la jubilación, que podrá ser construida sobre áreas de concesión en islas o costas, siempre que se encuentren dentro de una zona de desarrollo turístico definido por el gobierno, y sólo un paquete por cada peticionario . Por otra parte, estos proyectos se beneficiarán de los incentivos de la Ley 8 de 1994. Desarrollo reglamentario se promulgará establecer normas para el tamaño de la parcela, los costos de construcción y mejoras de las mismas.
